Un cargador eléctrico en conjunto residencial requiere más que comprar el equipo: hay que contar con la aprobación de la copropiedad, medir quién paga la energía y verificar que la instalación eléctrica del edificio lo soporte. Esta guía explica el proceso y qué debe llevar una propuesta a la asamblea.
Qué dice la Ley 1964 de 2019
La Ley 1964 de 2019 promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia y establece, entre otras medidas, disposiciones para la infraestructura de carga en edificaciones. Para conjuntos existentes, lo que normalmente se discute son las reglas del reglamento de propiedad horizontal y la Ley 675 de 2001. Pide a un abogado o al administrador que confirme qué aplica a tu copropiedad.
Sobre cargador eléctrico en conjunto residencial, atendemos proyectos en todo Colombia, con ingeniería propia y trámite ante el operador de red.
Cómo se aprueba en asamblea
El uso de zonas comunes y los cambios en ellas los decide la asamblea de copropietarios, y algunas decisiones exigen mayorías calificadas. Una propuesta clara aumenta las posibilidades de aprobación.
Qué debe llevar la propuesta
- Necesidad: cuántos residentes tienen o tendrán vehículo eléctrico.
- Solución técnica: ubicación, número y tipo de cargadores.
- Estudio de capacidad: que la acometida, el tablero y el transformador soportan la carga.
- Medición individual: cómo se mide y se cobra cada kWh a cada usuario.
- Responsabilidades: quién instala, quién mantiene y quién responde por daños.
- Costos y esquema de pago: quién asume qué.
- Seguros y normas aplicables.
Modelos de instalación
| Modelo | Cómo funciona | Ventaja |
|---|---|---|
| Cargador individual | Cada propietario instala el suyo con medidor propio | Simple de justificar |
| Cargadores compartidos | La copropiedad instala puntos que se cobran por uso | Atiende a más usuarios |
| Sistema con gestión de carga | Un controlador reparte la potencia disponible | No exige reforzar la acometida |
Antes de elegir, haz un estudio de capacidad eléctrica. Es la base técnica de cualquier propuesta.
Errores comunes
- Llevar la propuesta sin estudio técnico.
- No definir quién paga la energía.
- Instalar cargadores sin revisar la capacidad del edificio.
- Copiar un modelo de otro conjunto sin adaptarlo.
Ejemplo de una propuesta sencilla
Un conjunto con 120 apartamentos tiene 6 propietarios con carro eléctrico y 10 más interesados. La propuesta plantea cuatro cargadores AC de 7,4 kW en parqueaderos comunes, un sistema de gestión de carga para no exceder la capacidad del tablero y un medidor por cargador. Cada usuario paga la energía que consume y una cuota por uso. El estudio técnico demuestra que la instalación existente soporta los equipos con ese esquema.
Cómo presentar la propuesta a la asamblea
- Resume el problema y la solución en una página.
- Anexa el estudio técnico y el esquema eléctrico.
- Explica quién paga y cómo se mide.
- Aclara que el conjunto no asume costos de los usuarios.
- Resuelve preguntas sobre seguridad y seguros.
Cómo acompañamos a una copropiedad
Revisamos la instalación del conjunto, hacemos el estudio de capacidad y preparamos el documento para la asamblea con esquema eléctrico, presupuesto y modelo de medición. Si lo necesitas, presentamos la propuesta a la administración o al consejo.
Cuando la asamblea aprueba, ejecutamos la instalación, hacemos las pruebas y entregamos la documentación. Con una buena preparación, el proceso es más claro y evita desacuerdos entre residentes.
En resumen
- La asamblea decide sobre el uso de zonas comunes, con las mayorías que exija el reglamento.
- Lleva una propuesta con estudio técnico, medición individual y esquema de costos.
- Un sistema de gestión de carga evita reforzar la acometida.
- Define quién paga la energía y quién mantiene los equipos.
- Consulta con un abogado las reglas de tu copropiedad.
Preguntas frecuentes sobre cargador eléctrico en conjunto residencial
¿Puedo instalar un cargador en mi parqueadero propio?
Depende del reglamento de propiedad horizontal y de la capacidad eléctrica; se pide autorización al administrador.
¿Quién paga la energía?
Lo recomendable es medir cada consumo por separado y cobrar según el reglamento aprobado.
¿Solar Fox ayuda con la propuesta?
Sí, preparamos el documento técnico para la asamblea.
Preparamos el estudio técnico y la propuesta para que tu conjunto decida con información clara. Cotiza tu conjunto.
Para seguir leyendo
- Movilidad eléctrica
- Fuente oficial: Ley 1964 de 2019 y Ley 675 de 2001
Sobre cargador eléctrico en conjunto residencial: un ingeniero de Solar Fox revisa tu caso y te responde con cifras de tu propio consumo.
